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FAQ's

¿Qué es una fianza?

¿Por qué debería solicitar una fianza?

Porque es la forma de dar confianza a las partes de un contrato, pues se garantiza el cumplimiento de las obligaciones contraídas.
En los contratos ante el sector público es una obligación legal.

¿Qué autoridades regulan las actividades de una afianzadora?

Las aseguradoras y afianzadoras están sujetas a la regulación de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, la cual a su vez es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

¿Con qué puedo garantizar una fianza?

  • Prenda: deposito en garantía.
  • Hipoteca: gravamen a un bien inmueble que da derecho a la afianzadora de ejecutarlo en caso de requerir hacer efectiva esta garantía.
  • Fideicomiso: transmitir bienes o derechos de su propiedad a otra persona para que ésta administre o invierta los bienes en beneficio propio o de un tercero.
  • Obligación solidaria: un tercero se compromete con sus garantías en caso de que el fiado no cumpla con su obligación principal.
  • Contrafianza: obligación que asume otra institución afianzadora al contrato de fianza en caso de incumplimiento del fiado.
  • Afectación en garantía (bien inmueble): anotación marginal que se constituye sobre un bien inmueble, propiedad del fiado o del obligado solidario.
  • La Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas establece que si a criterio de la Afianzadora el fiado tiene solvencia suficiente y capacidad de pago, no será necesario recabar una garantía de recuperación, siempre y cuando se compruebe con los documentos y análisis financieros necesarios.

    ¿La fianza tiene un costo?

    Si, las afianzadoras al emitir una fianza cobran una prima de fianza, más los derechos, gastos e IVA. Este cobro es por anualidad.

    ¿Qué es una línea de garantía?

    Para poder tramitar una fianza, es necesario contar con una línea de garantía cuyo monto dependerá de las garantías con las que se cuenten. Al momento de tener una fianza vigente, el cliente ocupa parte o la totalidad de su línea y, al momento de cancelar la fianza, libera su capacidad de afianzamiento.

    Si ya cumplí con la obligación contraída, ¿debo realizar algún trámite?

    Si, Cancelar la fianza. Para ello es necesario presentar alguna de las siguientes opciones:

  • Carta del beneficiario dando por terminada y cumplida la obligación afianzada
  • Documento que acredite el cumplimiento de la obligación
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